"Felipe:

Acabo de enviar un correo electrónico a los delegados de primer y segundo año sobre la aplicación del Art. 49 del reglamento de docencia de pre-grado, el cual adjunto a este correo:

Compañer@s:

Entiendo vuestra preocupación por lo publicado en el panel de la Escuela, respecto de la aplicación del Art. 49 del Reglamento de docencia de Pre-grado. Producto del cambio de malla curricular comenzó a aplicarse íntegramente dicho reglamento, lo cual a mi juicio es una aberración si consideramos que la nueva malla no se ha implementado de la misma manera. Una implementación integra de la nueva malla, debería garantizar la dictación de TODOS los cursos del Ciclo Básico, tanto en el primer como en el segundo semestre.

El Art. 49 establece una regla general: "Un alumno podrá cursar asignaturas del Ciclo Profesional, después de aprobar el Ciclo Básico en su totalidad". En otras palabras, no es posible inscribir asignaturas del Ciclo Profesional, si no se ha aprobado en su totalidad el Ciclo Básico.

No obstante, dicha regla general admite una excepción, que consiste en que: "Aquel alumno al que le falten como máximo dos asignaturas para completar su Ciclo Básico podrá cursar, por una sola vez, asignaturas del Ciclo Profesional, previa autorización del Jefe de Carrera o Programa, siempre que cumpla con los prerrequisitos de estas asignaturas". Prerrequisito de asignatura es la necesidad de aprobar una asignatura previa para poder rendir una asignatura posterior, por ejemplo, para poder cursar Derecho Constitucional II (2° Semestre) es necesario haber aprobado previamente el curso de Derecho Constitucional I (1° Semestre), o lo que es lo mismo, para poder cursar Derecho Administrativo I (5° Semestre) es necesario haber aprobado previamente Derecho Constitucional IV (4° Semestre). Por lo tanto, la excepción que establece la norma se puede ilustrar con los siguientes ejemplos:

1. Si se tiene aprobado la mayoría de las asignaturas del Ciclo Básico, salvo Derecho Constitucional IV y Derecho Civil III, no se podrá optar a la posibilidad de inscribir asignaturas del Ciclo Profesional, ya que ambos cursos son prerrequisitos de Derecho Administrativo I y de Derecho Civil IV, respectivamente.

2. Si se tiene aprobado la mayoría de las asignaturas del Ciclo Básico, salvo Expresión Oral y Escrita y Filosofía del derecho, se podrá optar a la posibilidad de inscribir cursos del Ciclo Profesional, ya que dichos cursos no son prerrequisitos de ningún otro ramo. Sin embargo, si no se aprueban dichas asignaturas del Ciclo Básico en el semestre en que se otorgó el mencionado beneficio, no se podrá optar nuevamente a él, es decir, no se podrán inscribir ramos del Ciclo Profesional.

Producto de los problemas que se tienen con Inglés (y también producto de los problemas que se puedan tener con otros ramos), existen alumnos que no van a poder inscribir asignaturas del ciclo profesional por haber reprobado un ramo que no tiene relación alguna con las ciencias jurídicas (sin desmerecer lo importante del saber inglés en nuestros días). Si bien es cierto se les está otorgando una posibilidad para poder cursar asignaturas del Ciclo Profesional, no se les está otorgando las garantías para aprobar oportunamente el Ciclo Básico, y es por dicha razón que no les pueden aplicar íntegramente el Reglamento de Docencia de Pre-grado. Es por ello que me comprometo a discutir este asunto personalmente con el Jefe de Carrera y Director de Escuela, para dar a entender que la aplicación de la mencionada norma perjudicaría a la generalidad de la gente que hoy cursa el Ciclo Básico.

Esperando tener mejores noticias a la brevedad, se despide atentamente de Ustedes,

PABLO ZEPEDA CASTILLO
Presidente CEAL Derecho"


-----------------------------------------------------------------------------------------------



pongo textualemnte la información entregada por los compañeros de primero, ruego a ustedes difundir lo mas rapidamente esta información bastante delicada para nosotros.

En una actitud draconiana y con nula consideración para con sus alumnos, apareció ésta información publicada en la escuela esta mañana.


Aviso importante para alumnos de ciclo básico


A partir de marzo de 2008, corresponderá aplicar el art. Que a continuación se indica, a los alumnos del ciclo básico, quienes para poder cursar asignaturas del ciclo profesional, deberán tener aprobados TODOS LOS CURSOS DEL CICLO BÁSICO.


Art. 49. Un alumno podrá cursar asignaturas del Ciclo Profesional, después de aprobar el Ciclo Básico en su totalidad. Aquel alumno al que le falten como máximo dos asignaturas para completar su Ciclo Básico podrá cursar, por una sola vez, asignaturas del Ciclo Profesional, previa autorización del Jefe de Carrera o Programa, siempre que cumpla con los prerrequisitos de estas asignaturas.


Para quienes no entienden los graficare con un ejemplo claro:

- Pongámonos en el caso que se echaron o botaron Ingles I, considerando que el próximo año pasan Ingles I y II, ya estarán con 2 ramos atrasados del ciclo básico para tercero (Ingles III y IV)

- Agréguenle a eso que reprueban algún Civil, ya estarán atrasados 2 años, producto de deber cursar Ingles III y IV durante el 2009, debiendo esperar hasta el 2010 para quedar al día con Civil!!!

Creo que no debemos quedar indiferentes frente a esto, a mi (y dudo que a otra persona sí) no se me explico esta condición al momento de matricularme. Es por ello que hago un llamado a los delegados para acercarse a las autoridades competentes, para ver como nos afectan estas disposiciones y ver las maneras de aboradarlas .


Atte. Exequiel Vega S.

Escrito por Juan Chester on 22 diciembre 2007

16 comentarios

  1. paspox Says:
  2. que shhh :s:s

     
  3. Anónimo Says:
  4. tamo cagao

     
  5. Anónimo Says:
  6. jajajajaj bkn

     
  7. Anónimo Says:
  8. Transcribo correo explicativo que me envió el CEAL...


    "Felipe:

    Acabo de enviar un correo electronico a los delegados de primer y sergundo año sobre la aplicación del Art. 49 del reglamento de dociencia de pre-grado, el cual adjunto a este correo:

    Compañer@s:

    Entiendo vuestra preocupación por lo publicado en el panel de la Escuela, respecto de la aplicación del Art. 49 del Reglamento de docencia de Pre-grado. Producto del cambio de malla curricular comenzó a aplicarse íntegramente dicho reglamento, lo cual a mi juicio es una aberración si consideramos que la nueva malla no se ha implementado de la misma manera. Una implementación integra de la nueva malla, debería garantizar la dictación de TODOS los cursos del Ciclo Básico, tanto en el primer como en el segundo semestre.

    El Art. 49 establece una regla general: "Un alumno podrá cursar asignaturas del Ciclo Profesional, después de aprobar el Ciclo Básico en su totalidad". En otras palabras, no es posible inscribir asignaturas del Ciclo Profesional, si no se ha aprobado en su totalidad el Ciclo Básico.

    No obstante, dicha regla general admite una excepción, que consiste en que: "Aquel alumno al que le falten como máximo dos asignaturas para completar su Ciclo Básico podrá cursar, por una sola vez, asignaturas del Ciclo Profesional, previa autorización del Jefe de Carrera o Programa, siempre que cumpla con los prerrequisitos de estas asignaturas". Prerrequisito de asignatura es la necesidad de aprobar una asignatura previa para poder rendir una asignatura posterior, por ejemplo, para poder cursar Derecho Constitucional II (2° Semestre) es necesario haber aprobado previamente el curso de Derecho Constitucional I (1° Semestre), o lo que es lo mismo, para poder cursar Derecho Administrativo I (5° Semestre) es necesario haber aprobado previamente Derecho Constitucional IV (4° Semestre). Por lo tanto, la excepción que establece la norma se puede ilustrar con los siguientes ejemplos:

    1. Si se tiene aprobado la mayoría de las asignaturas del Ciclo Básico, salvo Derecho Constitucional IV y Derecho Civil III, no se podrá optar a la posibilidad de inscribir asignaturas del Ciclo Profesional, ya que ambos cursos son prerrequisitos de Derecho Administrativo I y de Derecho Civil IV, respectivamente.

    2. Si se tiene aprobado la mayoría de las asignaturas del Ciclo Básico, salvo Expresión Oral y Escrita y Filosofía del derecho, se podrá optar a la posibilidad de inscribir cursos del Ciclo Profesional, ya que dichos cursos no son prerrequisitos de ningún otro ramo. Sin embargo, si no se aprueban dichas asignaturas del Ciclo Básico en el semestre en que se otorgó el mencionado beneficio, no se podrá optar nuevamente a él, es decir, no se podrán inscribir ramos del Ciclo Profesional.

    Producto de los problemas que se tienen con Inglés (y también producto de los problemas que se puedan tener con otros ramos), existen alumnos que no van a poder inscribir asignaturas del ciclo profesional por haber reprobado un ramo que no tiene relación alguna con las ciencias jurídicas (sin desmerecer lo importante del saber inglés en nuestros días). Si bien es cierto se les está otorgando una posibilidad para poder cursar asignaturas del Ciclo Profesional, no se les está otorgando las garantías para aprobar oportunamente el Ciclo Básico, y es por dicha razón que no les pueden aplicar íntegramente el Reglamento de Docencia de Pre-grado. Es por ello que me comprometo a discutir este asunto personalmente con el Jefe de Carrera y Director de Escuela, para dar a entender que la aplicación de la mencionada norma perjudicaría a la generalidad de la gente que hoy cursa el Ciclo Básico.

    Esperando tener mejores noticias a la brevedad, se despide atentamente de Ustedes,

    PABLO ZEPEDA CASTILLO
    Presidente CEAL Derecho"

     
  9. RUEGO PUBLICAR EL MENSAJE ANTERIOR EN LA PAGINA PRINCIPAL DEL BLOG.

     
  10. Anónimo Says:
  11. que se va hacer al respecto?

     
  12. Juan Chester Says:
  13. OJO que es un reglamenteo de "LA UNIVERSIDAD" y NOOO de la escuela, por lo tanto para cambiarlo habría que recurrir a otras instancias.
    saludos
    ojalá nos podamos organizar.

     
  14. Anónimo Says:
  15. Pero si es un reglamento de la universidad ¿ en las otras carreras exigen lo mismo? creo que no.

     
  16. Anónimo Says:
  17. Ojlá salga bien, si no cabros ustedes saben

    La Ucn coquimbo ha estado en paro varias veces el añor recien pasado, él señor Rector( un ordinario de mierda) y la tropa de incompetentes, hacen y deshacen.

    Como es posible que empiezen a tomar desciciones de éste calibre.


    A paro señores, incluso toma, dado que a muchos se les va a perjudicar.


    Pero igual van a pagar...

    UNIVERSIDAD CATOLICA DEL NORTE, vale callampa, sólo interes económico.

     
  18. Anónimo Says:
  19. si aquello está bien explicado, y es entonces como aparece tal y cual en la publicación...... vámonos a paro muchachos!........
    y no solo paro...... una toma.......
    obviamente es una medida extrema...... por supuesto debemos agotar todas las instancias de diálogo, pero si no resultan la toma es una fuerte opción.......

    !no callemos frente a esta medida retrógrada, dictatorial y capitalista extrema!

     
  20. Anónimo Says:
  21. zzzzz... cambia el discurso panfletario compadre, no estamos en Cuba.

     
  22. Anónimo Says:
  23. yo apoyo... vamono a paro si no se cambia esa medida. nunca se nos informo de eso.

    estudiamo derecho, deberiamo ser los mas organizados de la universidad para conseguir lo que queremos y nunca nos atrevemos a hacer nada.

     
  24. Anónimo Says:
  25. esto si se hace en otras carreras, pero la forma en que lo quieren implementar en nuestra carrera no es la mas correcta en consideracion a todas las descoordinaciones de la escuela (es una mierda),los ramos del ciclo basico no se imparten todos los semestres ¬¬, otro ejemplo es la caga que tienen con ingles, alguien ha aprendido algo sustancial? no creo que con lo que nos enseñan podamos competir en el ambito laboral, es un chiste la wea =), no pueden pretender informarnos de esto a meses de pasar a tercero, menos a fin de año, mucha gente ya no esta en la cuidad, es una falta de respeto, y debemos luchar por ese respeto que no se nos da, espero todo se solucione de forma pacifica,y que no se olviden los weones que les damos de comer, sin nosotros la institucion no seria lo que es, somos los que estamos pagando al fin y al cabo, no por eso tenemos necesariamente que titularnos, pero por lo menos que se nos respete.

     
  26. Anónimo Says:
  27. compañeros:

    Hay que averiguar antes que todo la seriedad y la aplicación de lo que se estçá informando. Si lo que se informa es cierto y por lo tanto atenta contra nuestros intereses hay que recurrir copulativamente a todas las instancias pacíficas para luchar contra esto que es totalmente una medida de aprovecharse de nuestros bolsillos, además es evidente que la finalidad de dicho artículo 49 no se entiende academicamente, es más, sólo es un recurso comercial. Compañeros, si lo pacífico no resulta, tendremos que tomar medidas más drásticas.

     
  28. Anónimo Says:
  29. apoyamos mierda!!!!

     
  30. Anónimo Says:
  31. apuesto ke nuñez es el ke anda webiando pa aplicaqr ese artículo estúpido pero aceptemos el reglamento con una reserva jajaja reserva el articulo 49 jjajajajaja pucha ojala se solucione sino kedariamos como estancados en segundo pasando los ramos wuachos ke nos kedan del ciclo básico

     

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